La Asamblea Ordinaria de la RFFPA respaldó importantes cambios en el reglamento orgánico y dio luz verde a la implantación del portal del Federado.

La Asamblea Ordinaria de la RFFPA, dio comienzo este miércoles 28 de junio en 2ª convocatoria (19:30h) y se prolongó por espacio de dos horas.

En el caso de las modificaciones del Reglamento Orgánico:

Art. 96. 2. Se autoriza la inscripción de jugadores juveniles en competiciones de aficionados, cadetes en categorías superiores, infantiles en cadetes, alevines en infantiles, benjamines en alevines, prebenjamines en benjamines y debutantes en prebenjamines, siempre que se respete lo estipulado en el art. 108.

De entre los múltiples puntos y modificaciones caben destacar:

-Se endurecen especialmente las sanciones por violencia física y verbal a miembros de un equipo arbitral menores de edad (aplicándose los máximos legales)

-Se adapta al Reglamento orgánico de la RFFPA el protocolo sobre violencia verbal de la RFEF: En situaciones de violencia verbal continuada (insultos, amenazas graves, manifestaciones racistas, xenófobas, sexistas o intolerantes proferidas de forma continuada) el árbitro procederá a activar el siguiente protocolo:

  • Detención del partido. El árbitro detendrá el partido y comunicará al delegado de campo la existencia de violencia verbal continuada. El delegado, bien a través de la megafonía del campo o personalmente, advertirá a los autores para que depongan su actitud.
  • Suspensión temporal del partido. Si persiste la violencia verbal habiendo sido advertido el público con anterioridad, el árbitro suspenderá temporalmente el partido e invitará a los equipos a retirarse a los vestuarios. Se repetirán los mensajes por megafonía.
  • Suspensión definitiva del partido. Si los autores de los actos de violencia verbal no pudieran ser expulsados o si se reprodujeran otros actos semejantes por nuevos espectadores una vez aplicadas las medidas anteriores, el árbitro acordará la suspensión definitiva del partido.

 -Se aprueba en el plan competicional el cambio en las nomenclaturas de las categorías 1ª RFFPA, 2ª RFFPA y 3ª RFFPA de fútbol por 1ª Asturfútbol, 2ª Asturfútbol y 3ª Asturfútbol y las de fútbol sala por 1ª Asturfutsal, 2ª Asturfutsal y 3ª Asturfutsal. Asimismo, las nuevas categorías de Femenino Regional se denominarán 1ª Asturfutfem y 2ª Asturfutfem. Estas nomenclaturas se modificará automáticamente en los Reglamentos Orgánico y Disciplinario de la RFFPA.

Ley del Deporte y la Ley del Menor:

Con la entrenada en vigor de la nueva Ley del Deporte y la Ley del Menor, los artículos que regulan las retenciones y renovaciones de menores no podrán ser votados, modificándose al ser de obligado cumplimiento por Ley. Sin embargo, sí se aprueban una serie de medidas para limitar el posible perjuicio para los clubes:

  • Ventanas de fichajes (del 1 de julio al 30 de septiembre, y del 1 de enero al 1 de marzo) de esta forma, el federado podrá pedir la baja cuando desee, pero no podrá fichar por otro club cuando quiera.
  • Si el futbolista no ha tenido licencia durante la presente temporada, su periodo de licencias estará abierto desde el 1 de julio al 1 de marzo ininterrumpidamente.
  • El futbolista sólo podrá ser inscrito en un máximo de 3 equipos durante la temporada (imposición FIFA)
  • Si un equipo de 1ª o 2ª categoría se queda con menos licencias de las obligatorias (11 en fútbol, 8 en fútbol-8 y 5 en fútbol sala) una vez cerrados los periodos de tramitación de licencia, porque uno o varios menores hayan solicitado la baja, no tendrá sanción (mientras esté cerrado el periodo de fichajes)
  • Se reduce el número de partidos que puede disputar un futbolista dentro de una categoría y grupo, de ocho a cinco partidos.

FUENTE: www.asturfutbol.es

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